Certificado Ley 20.130

El Certificado Ley 20.130 es un documento que permite que las personas naturales y jurídicas conozcan las deudas que poseen con el sistema financiero de Chile, este certificado señala el valor total del crédito calculado a la fecha de solicitud, monto que al momento de solicitar cupón es respetado por 10 días hábiles para su cancelación.

¿Para qué sirve el Certificado Ley 20.130?

Este certificado lo emiten las instituciones financieras para acreditar que se pagó el impuesto de timbre y estampillas por un crédito y exime de pago dicho impuesto, al nuevo crédito que refinancie el anterior. Esta opción permite consolidar sus deudas en un solo crédito es una opción para estabilizar su situación financiera.

En este caso, se puede pedir un crédito para pagar las deudas que tenga en distintas instituciones, quedando con un solo acreedor. Esta operación se conoce como compra de cartera y se utiliza para que la persona pueda ordenar su endeudamiento, adecuarlo a su capacidad de pago y/o aprovechar mejores condiciones de mercado.

Compra de Cartera - ¿En qué casos se debe considerar? 

La compra de cartera se debe considerar al solicitar que aunque te que están ofreciendo tasas de interés más bajas que con tu banco actual, también implica una prolongación del plazo así que, aunque es cierto que la cuota te queda más baja, puede que termines pagando más que con tu banco original.

Para considerar contratar una compra de cartera ten en cuenta que solo es aconsejable en los siguientes casos:

  • Si no puedes pagar al día todas tus obligaciones y no puedes pagar el total de las cuotas, consolide la deuda antes de entrar en mora.
  • Calcula el total de las deudas y solicita una compra de cartera en la entidad financiera que más te convenga.
  • De ser necesario solicite liquidación prepago de las deudas que desea pagar anticipadamente. Este documento permite saber además del capital adeudado, el valor de la comisión de prepago y los intereses devengados a la fecha en que se solicita.
  • Solicitarla solo si la oferta es realmente buena. Para determinar esto debes comparar el valor de las cuotas que te faltan por pagar en la deuda original con el valor de las cuotas del nuevo crédito que estás por adquirir tomando en cuenta todos los costos.
  • Deberá Exigir el Certificado de la Ley 20.130 a cada institución financiera que sea acreedora de las deudas que pretende consolidar, esto le permitirá no pagar nuevamente el impuesto de timbres y estampillas por el nuevo crédito que solicita.
  • Considere todas las opciones puede ser que pre pagar unos créditos sea negocio y otro no, ya  que si vas en las últimas cuotas te quedan muy pocos intereses por pagar en ese crédito, cuando se renueva la deuda partirá de cero y volverás a pagar intereses.

Recomendación.

Recuerda que una compra de cartera significa adquirir un nuevo crédito bajo nuevas condiciones, tasas y beneficios, es por ello que se recomienda al consumidor exigir información relevante y oportuna como el costo final de usar el nuevo crédito, que se respete la tasa de interés y todo lo ofertado en la publicidad que la entidad bancaria vende.

¿Dónde se obtiene el Certificado Ley 20.130?

La persona solicitante personalmente debe Exigir el Certificado de la Ley 20.130 a cada institución financiera que sea acreedora de las deudas que pretende consolidar, esto le permitirá no pagar nuevamente el impuesto de timbres y estampillas por el nuevo crédito que solicita.

Pasos para realizar la solicitud.

Si desea solicitarlo deberá seguir los siguientes pasos:

  • El cliente debe acercarse personalmente a una oficina bancaria donde tiene el crédito, con su Cédula de Identidad vigente y realizar la solicitud. Luego de que te encuentres en el lugar manifiéstale a la persona que te atienda el motivo de tu visita. En este caso, solicitar un certificado.
  • Cuando el encargado te lo solicite entrégale los documentos requeridos para formalizar el trámite.
  • La oficina bancaria otorgará un número telefónico para que el cliente realice todas las preguntas pertinentes al caso.

Emisión del Certificado Ley 20.130.

  • Será inmediata si el cliente solicita el envío de dicho documento asu correo electrónico personal, el que deberá ser remitido por el Banco, en un plazo máximo de 5 días hábiles bancarios, desde el díasiguiente al de la correspondiente solicitud.
  • Si el cliente prefiere que elcertificado sea enviado directamente a la Oficina, el despacho será inmediato vía electrónica, y la entrega efectiva dependerá del retiro por parte del cliente.
  • En el caso que el crédito destinado al pago fuere otorgado por una institución financiera distinta a la que otorgó el crédito original, el deudor deberá otorgar mandato a la institución financiera prestamista para que ésta pague el crédito original.
  • El monto expresado que al momento de solicitar cupón es respetado por 10 días hábiles para su cancelación. El certificado debe emitirse en pesos, de acuerdo con lo dispuesto en la Circular N° 69, de 2006.

Información contenida en el Certificado Ley 20.130

En el Certificado emitido por la institución financiera deberá indicar en forma específica lo siguiente:

  • El monto de los intereses y comisiones que se cobran.
  • Deberá contener la fecha de otorgamiento del crédito que se paga.
  • Contiene el número, serie o folio del documento que da cuenta o registra el crédito, esto será solo en los casos que la entidad que otorgó el crédito que se paga no hubiere informado previamente el otorgamiento del crédito al Servicio de Impuestos Internos.
  • Indicará la tasa del impuesto de esta ley que afectó al crédito que se paga, el monto del impuesto pagado efectivamente, el folio del formulario en que consta el pago del Impuesto de Timbres y Estampillas pagado, o la norma de exención parcial o total aplicada, cuando correspondiere.

Exención

La exención aplicada al obtener el certificado, se aplicará sólo respecto de aquella parte del nuevo crédito, destinado a pagar el monto insoluto del préstamo original, incluyendo los intereses y comisiones que se cobren con ocasión del pago anticipado del mismo, comprenderá los gastos que se cobren por el otorgamiento del nuevo crédito.

Si cuando el crédito que se paga hubiere sido otorgado a más de una persona, la exención favorecerá a todos los deudores.

Opción para estabilizar tu Situación Financiera

  • Recuerda que al solicitar un Certificado ley 20.130, esta opción permite consolidar sus deudas en un solo crédito es una opción para estabilizar su situación financiera. Al igual que ocurre con cualquier otro tipo de crédito, puedes hacer el prepago anticipado o pagar el total o parte de una deuda. Estás amparado por la ley y es un derecho irrenunciable.
  • De acuerdo a las normas vigentes, al pre pagar un crédito se deben pagar los intereses hasta el momento de pagar el total o parte de una deuda, y una comisión de prepago.
  • La comisión que se cobra por el prepago de un crédito de consumo corresponde al costo de un mes de intereses para las operaciones no reajustables y operaciones reajustables será de un mes y medio de intereses correspondiente a los préstamos otorgados en la unidad financiera.

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